| |
Marco Reglamentario
En el Reglamento de la Universidad de Puerto Rico, se establece que la evaluación directa del personal docente la harán los comités de personal de departamento y facultad, en armonía con las normas que establezcan las unidades institucionales y apruebe la Junta Universitaria (Sección 45.2). Además, en el Reglamento se enumeran factores que deben tomarse en cuenta al llevar a cabo dicha evaluación (Sección 45.3). Estas disposiciones reglamentarias, junto con el organigrama administrativo de la UPR, obligan a que se mantengan ciertos elementos del sistema vigente de evaluación en el nuevo sistema de evaluación propuesto.
|
| |
|