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Derechos de autor
y la enseñanza en línea
  • Lcda./Profa. Yanira Alemán


  • 28 de octubre de 2003
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Definición
  • El derecho de autor o “copyright” es una de las modalidades de la propiedad intelectual
  • El “copyright” se refiere al derecho exclusivo del autor de la obra a:
    • Reproducirla o hacer copias
    • Distribuir las copias al público (mediante venta, alquiler, préstamo, etc.)
    • crear trabajos derivativos (basados en la obra)
    • Exhibirlo al público
    • Transmitirlo
    • Ejecutarlo (“perform”)
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Requisitos
  • Para que una obra esté protegida por derechos de autor debe ser:
  • Trabajo original
  • Creativo
  • Plasmado en un medio tangible desde el cual pueda ser percibido, reproducido, o comunicado (ya sea directamente o con el uso de alguna máquina)


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El ciberespacio como “medio”
  • El ciberespacio es un “medio” para efectos de la Ley, pues su contenido puede ser accesado, percibido, copiado o reproducido.


  • Por ello, los trabajos originales y creativos publicados en la Internet (ya sea texto, imágenes, video, o audio) están plasmados en un medio (el ciberespacio) y gozan de derechos de autor.
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Registro vs existencia
  • Desde 1989, no es necesario registrar el derecho de autor para tener derecho de autor
  • El registro sirve propósitos prácticos y facilita la defensa del derecho, pero no es lo que crea o da vida al derecho
  • Tampoco es necesario incluir una advertencia o dar aviso en torno a que la obra está protegida por derechos de autor


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¿Qué es lo que está protegido?
  • La manera específica en que se expresó el autor; la expresión de una idea, pero no protege las ideas, procesos, datos, sistemas, conceptos, o principios en sí.


  • De hecho, cuando una persona alega que se le ha violado su derecho de autor, tiene que demostrar:
    •  1) que existe el “copyright”, y
    •  2) que se han copiado elementos originales de la obra.


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¿Qué es lo que está protegido? (2)
  • No se puede tener derecho de autor sobre datos o ideas, pues ello impediría que otros utilizaran las ideas o conceptos para desarrollar sus propias obras.  La ley persigue estimular la creatividad y el desarrollo de nuevas obras.
  • Si algún procedimiento, método, concepto, o invento puede estar protegido como propiedad intelectual, ello pertenece al derecho de patentes no al de “copyright”.
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Vigencia del “copyright”
  • Los derechos de autor no son eternos


  • Estos terminan:


    • a)  por el transcurso del tiempo, o


    • b)  por la voluntad del autor


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Transcurso del tiempo
  • Obras creadas después de enero de 1978:
    • tienen copyright hasta 70 años después de la muerte del autor


  • Obras creadas antes de 1978:
    • tienen copyright durante 95 años a partir de la fecha de publicación

  • Para info. en torno a qué obras han perdido el copyright visite: http://www.copyright.cornell.edu/training/Hirtle_Public_Domain.htm
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Renuncia
  • autor puede renunciar a su derecho pero la renuncia tiene que ser expresa y voluntaria


    • Nota:  Publicar en la Internet un artículo que no se haya publicado previamente, sin incluir aviso alguno en cuanto a que se reserva sus derechos de autor, NO equivale a una renuncia del derecho de autor
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Dominio público
  • Están en el dominio público todas las obras  sobre las cuales nadie tiene derecho de autor
    • ya sea porque nunca lo tuvieron, o
    • porque por el transcurso del tiempo lo han dejado de tener, o
    • porque el autor ha renunciado a sus derechos
  • cualquier persona puede reproducirlas, presentarlas, e inclusive cobrar por ellas si encuentra personas dispuestas a pagar
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Uso de material protegido por derechos de autor
  • Podemos utilizar material protegido por derechos de autor en las siguientes formas:
    • Con el permiso del autor
    • Haciendo enlaces a la página en la cual esté publicado el trabajo (no se requiere permiso para hacer un enlace porque no se está haciendo una copia del trabajo)
    • Sin el permiso del autor, al amparo de la doctrina del “fair use”
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La doctrina del “fair use”
  • Nace por vía jurisprudencial y posteriormente se incorpora a la Ley (Secc. 107 del Copyright Act de 1976)
  • Es una excepción a la norma general que exige pedir permiso al autor para utilizar su obra
  • Permite utilizar porciones o la totalidad de obras sin permiso del autor para propósitos : de crítica, de enseñanza/educativo, investigativos, noticiosos
      • Razón: se quiere promover, no restringir, la creatividad
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Criterios de “fair use”
  • La determinación en torno a si un uso es o no justo se toma en base a los siguientes criterios:
    • El propósito del uso y la forma en que se usa (ej: fines educativos vs. fines de lucro o comerciales)
    • La naturaleza de la obra
    • La cantidad o porción de la obra que está siendo utilizada
    • El efecto que el uso pueda tener en el valor potencial de la obra en el mercado (si le resta o no valor)

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¿Cómo sabemos si estamos cobijados por la doctrina de
“fair use”?
  • No hay un listado pre-determinado que claramente indique qué constituye “fair use” y qué no lo constituye
  • Se va analizando caso a caso en base a unos criterios (provistos en la Ley) que nos ayudan a evaluar si ese uso es justo o no
  • La determinación en torno a si aplica o no el “fair use” la tomará el tribunal
  • Los tribunales no se han expresado aún en torno a la doctrina del “fair use” en el contexto de cursos en línea


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Resumen de criterios
  • El uso tendrá mayor probabilidad de estar cobijado por la doctrina del “fair use” si:


      • 1.  es para fines educativos (no comerciales)


      • 2.  se utiliza sólo la cantidad necesaria para cumplir el propósito perseguido


      • 3.  quien lo utiliza no se lucra en el proceso


      • 4.  el producto final no compite con el trabajo original utilizado (no le resta valor monetario)


    • Fair Use Wizard http://wwwnew.towson.edu/ciat/resources/copyrightscale.htm
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Ejemplos “fair use” (1)
  • Basic Books, Inc. v. Kinko's Graphics Corp., 758 F.Supp. 1522 (S.D.N.Y. 1991)
  • Se determinó que Kinko's estaba violando derechos de autor al fotocopiar capítulos de libros de texto para crear “coursepacks” y venderlos a los estudiantes universitarios para sus cursos.


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Ejemplos “fair use” (1 cont…)
  • El análisis de los factores fue el siguiente:
  • Propósito:  como las copias las hacía y vendía Kinko’s, se determinó que era para fines comerciales en lugar de educativos
  • Naturaleza de las obras: en su mayoría contenían datos (ej: libros de historia) lo cual operaba a favor de una determinación de uso justo
  • Cantidad: se analizó cada libro por separado y se determinó que entre un 5 a un 25% del libro era excesivo.
  • Efecto: directamente adverso al valor de las obras pues los “course-packs” competían con las ventas de los libros.
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Ejemplos “fair use” (2)
  • Encyclopedia Britannica Educational Corp. v. Crooks, 542 F.Supp. 1156 (W.D.N.Y. 1982)
  • Productores de películas y videos educativos (diseñados precisamente para ser vendidos a escuelas) demandaron a un consorcio de escuelas públicas que se dedicaba a grabar los programas cuando los transmitían por pbs, y luego hacían copias para repartir entre las escuelas del consorcio.  El tribunal determinó que no era “fair use”.
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Ejemplos “fair use” (2 cont…)
  • El análisis de criterios fue el siguiente:


    • Propósito:  el propósito del uso era educativo, lo cual el tribunal evaluó favorablemente
    • Naturaleza de la obra: aunque con contenido educativo, las obras eran productos comerciales que se vendían a instituciones educativas
    • Cantidad:  se copiaba la totalidad de la obra y se retenía copia de la misma hasta por 10 años
    • Efecto: Las copias competían directamente con las obras protegidas y afectaban sus ventas
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Enseñanza en línea
  • La legislación en torno a derechos de autor (Copyright Act de 1976) aplica también al ciberespacio, pero éste presenta unos escenarios (i.e. la facilidad con la cual se puede reproducir y distribuir el material, el hecho de que si está en Internet cualquiera lo puede accesar) que han requerido reglamentación adicional, ej:
    • Digital Millenium Copyright Act (1998)
    • TEACH Act (2002)
  • También se han elaborado guías que intentan definir más concretamente cómo aplica el “fair use” a los cursos en línea
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Fair Use Guidelines for Educational Multimedia (FUGEM)
  • En 1996 un consorcio compuesto por diversas universidades elaboró  unas guías, llamadas Fair Use Guidelines for Educational Multimedia,  para ayudar a los educadores a determinar si los usos que le dan a las obras en sus cursos en línea constituyen o no “fair use”


  • Estas guías NO SON LEY, y NO SON OBLIGATORIAS


  • Se entiende que, a mayor compatibilidad con las guías mayor probabilidad de que estemos dentro de la cobertura del “fair use”; y mientras más nos alejemos de éstas, mayor el riesgo de estar violando derechos de autor



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…FUGEM
  • En esencia, las guías recomiendan unas limitaciones con respecto a:
    • El tiempo que se tiene el material disponible
    • La cantidad que se tiene disponible del material
    • Las copias que se pueden hacer del material


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FUGEM: protección en torno a las copias que se puedan hacer
    • Las guías recomiendan:
    • Tener el material publicado en el servidor de la universidad o institución a la cual pertenezca
    • Controlar el acceso al material a través de un password, de modo que sólo pueda ser utilizado por estudiantes matriculados en el curso
    • Si no se puede proteger el material para que no sea duplicado, impartir instrucciones a los estudiantes en torno a que no pueden grabarlo o hacer copias del mismo
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FUGEM: limitaciones de tiempo
    • Tener disponible el material sólo durante 15 días
    • Utilizar el curso en línea por un periodo de dos años; si se quiere continuar utilizando en años subsiguientes y con nuevos estudiantes se debe pedir permiso a los autores de obras incorporadas en ese curso en línea

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FUGEM: limitaciones en torno a cantidad o porción de la obra









  •                                  * Lo que sea menor
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DMCA 1998
  • En su secc. 403, el Digital Millennium Copyright Act ordena al Copyright Office a llevar a cabo audiencias (con dueños de derechos de autor, instituciones educativas y bibliotecas públicas) y someter recomendaciones para reglamentar los derechos de autor en el ámbito de educación a distancia, ya fuera ésta mediante Internet o por otras tecnologías.
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TEACH Act (2002)
  • Technology, Education, and Copyright Harmonization Act.
  • Provee a instructores de instituciones educativas acreditadas* flexibilidad para utilizar obras protegidas por derechos de autor en sus cursos en línea.
  • Aplica tanto a educación a distancia sincrónica (ej: video conferencia, chat) como a asincrónica (ej:  foro de discusión, módulos de contenido, email).
  • * por una agencia nacional o regional reconocida por el CES o Depto. Educ. EU
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TEACH Act permite:
  • Permite poner en línea y transmitir todo tipo de obra (texto, imágenes, videos, etc.) durante la enseñanza en línea, sin necesidad de tener permiso del autor siempre y cuando se cumplan con los requisitos que exige la ley.
  • Digitalizar porciones de una obra para uso en un curso en línea, si no existe versión digital de la obra.
  • Almacenar copia de la versión que se ha digitalizado, durante la duración de la actividad educativa.
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TEACH Act permite (2):
  • Poner en línea:


    • A) en su totalidad una obra literaria o musical no dramática
      • Ej: poemas o cuentos, música (excepto operas, videos, o musicales)
    • B) porciones razonables y limitadas de cualquier “performance”
      • Ej:  filmes, videos, opera, videos musicales

    • C) imágenes “en cantidades comparables a lo que se haría en el salón de clases”
      • Ej: fotografías, diapositivas, arte
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TEACH Act requiere:
  • que la enseñanza en línea esté mediada por un instructor;


  • que la institución tenga una política en torno a derechos de autor (UPR: Cert. 140 1992-93); http://www.certificaciones.upr.edu/certificaciones/UprStart.asp


  • que la transmisión del material vaya dirigida a, y sólo pueda ser recibida por, estudiantes matriculados en el curso;
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TEACH Act requiere (2):
  • que la transmisión se limite al tiempo necesario;


  • que la institución tome medidas para evitar, hasta donde sea posible, que los estudiantes puedan hacer copias y/o redistribuir el material;


  • que se advierta a los estudiantes que el material está protegido por derechos de autor y que no pueden grabarlo, hacer copias o redistribuirlo.


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TEACH Act NO permite:
  • Utilizar, sin permiso y sin paga, materiales que estén expresamente diseñados para cursos en línea o educación a distancia
      •  (en tales casos hay que adquirir la licencia)

  • Incluir libros de texto (sin permiso y sin paga)  en el curso en línea
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Aclaración
  • Al presente, el recién aprobado TEACH Act:
    • no es obligatorio para todas las universidades
    • las universidades deciden si se quieren regir o no por el TEACH Act
    • su aprobación no impide que sigamos utilizando el “fair use”

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Recomendaciones
  • Hacer enlaces en lugar de copias
  • Tratar de asemejar lo más posible el uso en línea al uso en el salón de clase, ej:
    • limitar el acceso a estudiantes matriculados (usando sistemas como WebCT)
    • cerciorarse que el material se use con propósitos educativos
    • utilizar sólo las porciones necesarias y durante el tiempo necesario


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Recomendaciones (2)
  • Dar crédito al autor (esto no equivale a pedir permiso pero aumenta la probabilidad de que el uso sea considerado justo)
  • Poner un aviso en la página indicando a los estudiantes que no deben hacer copias y/o distribuir el material protegido por derechos de autor
  • No incluir material que esté diseñado para cursos en línea si no se ha pagado la licencia necesaria



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Recomendaciones (3)
  • No incluir material que de ordinario los estudiantes tengan que comprar (ej: libros de texto)
  • No digitalizar documentos que ya tengan versiones digitales
  • No vender o beneficiarse económicamente mediante el uso de material protegido por derechos de autor
  • Almacenar en el servidor de la institución en lugar de en su computadora