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Departamento de Actividades Atléticas

NCAA

Galeria de Logros


National Collegiate Athletic Association

The National Collegiate Athletic Association – NCAA


La Asociación Nacional de Atletas Colegiados (NCAA) es una asociación voluntaria de aproximadamente 1,200 colegios y universidades, federaciones atléticas y organizaciones deportivas; dedicados a la sana administración de las actividades atléticas intercolegiales.

A través de la NCAA las organizaciones miembros, voluntariamente representadas, establecieron reglas que gobiernan la asociación y diseñaron los propósitos y las metas que la rigen.


Propósitos:
Iniciar, estimular y mejorar los programas intercolegiales para estudiantes/atletas y promover y desarrollar liderato educacional, aptitud física, excelencia atlética y la participación atlética como un pasatiempo divertido.

Defender los principios institucionales de control y la responsabilidad de todos los deportes intercolegiales conforme a la constitución y los reglamentos de la asociación.

Fomentar entre sus miembros obrar de acuerdo con las reglas de elegibilidad y con normas satisfactorias de ayudas económicas, de deportividad y de aficionismo.

Expresar en términos claros, precisos y concisos, escribir con el derecho de propiedad literaria y publicar las reglas de juego que gobiernan las actividades atléticas intercolegiales.

Preservar los registros atléticos intercolegiales.

Supervisar la conducta y establecer las reglas de elegibilidad para eventos deportivos regionales y nacionales auspiciados por la asociación.

Legislar por medio de los reglamentos o de las resoluciones de las Convenciones sobre cualquier concepto general o de administración de las actividades atléticas intercolegiales.

Estudiar de forma general todas las fases de las competencias atléticas intercolegiales y establecer las normas por las cuales los colegios y las universidades mantengan sus programas atléticos en un alto nivel.


Metas:
Promover a los estudiantes/atletas y a los deportes colegiales a través del conocimiento público.

Proteger a los estudiantes/atletas mediante normas de justicia e integridad.

Preparar a los estudiantes/atletas para ser líderes durante el transcurso de sus vidas.

Suministrar a los estudiantes/atletas y a los deportes colegiales con los fondos suficientes para ayudar a conseguir y realizar sus metas.

Miembros de la NCAA:
Colegios y Universidades - están divididas en tres: miembros activos, miembros provisionales y miembros de correspondencia

Conferencias atléticas - pueden ser miembros con voto o sin voto

Organizaciones deportivas sin fines de lucro compuestas por atletas aficionados - miembro afiliados


División I.
La institución miembro debe patrocinar por lo menos siete (7) deportes por hombres y siete (7) deportes por mujeres (pueden ser seis por hombres y ocho por mujeres) con dos equipos deportivos por cada género.

Con excepción del futbol y el baloncesto, los demás deportes sólo deben jugarse entre miembros de la División I.

El deporte principal es el futbol y tienen requerimientos especiales relacionados con este deporte.

Disponen de menos ayudas financieras para el programa atlético, pero mayor ayuda para cada deporte donde los máximos establecidos no se pueden exceder.


División II.
La institución miembro debe patrocinar por lo menos cinco (5) deportes por hombres y por mujeres, con dos equipos deportivos por cada género.

Dispone de ayudas financieras por deporte donde los máximos no se pueden exceder.

La mayoría de sus estudiantes/atletas pagan por su educación combinando ayudas económicas, préstamos y empleos.

Entre miembros de la División II, generalmente existe una sana rivalidad deportiva a niveles regionales.


División III.
La institución miembro debe patrocinar por lo menos cinco (5) deportes por hombres y por mujeres, con dos equipos deportivos por cada género.

Los miembros de la División III no reciben ayudas económicas.


El Recinto Universitario de Mayagüez (RUM), desde el 1ro de septiembre de 2003, es miembro activo de la NCAA en la División II. Se tiene como meta mantener el programa atlético intercolegial como parte integral del proceso educativo. Además, se pretende mantener al estudiante/atleta como parte integral del cuerpo estudiantil velando por su desarrollo social, intelectual y deportivo.


La NCAA se preocupa porque el estudiante/atleta mantenga un progreso académico y pueda concluir su preparación profesional. Como parte de estos esfuerzos mantiene unas reglas con relación al tiempo de práctica que le permite ofrecer a los entrenadores. Ésto para asegurar que los estudiantes/atletas puedan estudiar y cumplir con sus obligaciones académicas. El artículo 17 regula el tiempo de práctica. Durante la temporada de competencia las actividades de práctica se limitan a 20 horas semanales con un máximo de 4 horas diarias permitidas. Además, se separará un día a la semana para reposo. Fuera de temporada se permite solamente 8 horas de práctica semanal con 2 de estas para trabajo individual.


Todo estudiante/atleta de nuevo ingreso que se incorpore a un equipo del RUM debe cumplir con ciertos requerimientos de admisión estipulados por la NCAA para poder competir o recibir asistencia económica como atleta. Los requisitos de la NCAA se establecieron para corroborar que los estudiantes/atletas sean estudiantes genuinos graduados de una escuela superior acreditada con normas educativas. Los requisitos son los siguientes:
graduarse con un promedio general de 2.00 o más

cumplir con los cursos medulares: 4 años de Inglés, 2 años de matemáticas, 2 años de ciencias, 2 años de estudios sociales, 1 año adicional de Inglés, matemáticas o ciencias y 1 año de un idioma adicional

obtener 800 en la prueba SAT

completar el formulario del NCAA Nacional Clearinghouse para que sean procesados y certificados para recibir las ayudas correspondientes


De cumplir con todos los requisitos, podrán competir el primer año. Si cumplen con dos requisitos, podrán practicar y recibir ayuda económica. Todos nuestro estudiantes cumplen con dos de los requisitos, por lo tanto, nuestro estudiantes de nuevo ingreso no pueden participar en las competencias de la NCAA. Además, en la LAI no se compite el primer año por lo que nuestros estudiantes no están en desventaja.


La NCAA requiere que todo entrenador de un deporte tome un examen sobre el reglamento de la entidad. El examen pregunta sobre elementos de elegibilidad, asistencia económica, reclutamiento y otros temas generales. Los entrenadores deben pasar el examen de certificación para poder participar en el proceso de reclutamiento.

 


El estudiante/atleta no puede recibir:

ningún beneficio extra o arreglo especial al estipulado por las reglas de la NCAA. Esto incluye concesiones a parientes o amigos del atleta, utilizar su nombre, foto o imagen para anunciar, recomendar o promover ventas o para uso de una entidad comercial.

premios o regalías: para recibir algún premio debe ser aprobado por el Oficial de Cumplimiento (miembro del Comité Institucional del Control Atlético del Colegio) quien tiene esa responsabilidad entre sus tareas.
Al estudiante/atleta se le puede proveer empleo siempre y cuando que las ganancias no sean basadas en publicidad, reputación o fama obtenida por sus habilidades deportivas. La compensación debe ser por trabajo ejecutado y debe ser al mismo salario promedio para servicios similares en la comunidad.

Los estudiantes/atletas para poder competir deben cumplir con el requisito de promedio mínimo y créditos requeridos para su año de estudio en el RUM. De estar en probatorio NO podrá competir.


El 1ro de diciembre de 1995, el Departamento de Educación de Estados Unidos publicó la reglamentación final necesaria para implantar la legislación conocida como el “Student Right to Know Act”(SRKA). Ésta requiere que las instituciones universitarias que participan de los programas de Asistencia Económica de título VI, recopilen y publiquen información sobre las tasas de graduación y de transferencia de sus estudiantes. La reglamentación requiere, además, que aquellas instituciones que otorgan algún tipo de asistencia económica por participar en programas de atletismo, provean información adicional sobre las tasas de graduación de estos estudiantes. El “Family Educational Rights and Privacy Act” de 1974, enmienda Buckley” establece que no se divulgará información del estudiante a terceras personas sin la autorización escrita del estudiante.

La Universidad de Puerto Rico, consciente del problema que representa para la comunidad el uso y abuso de drogas y alcohol, tiene el firme compromiso de promover un ambiente sano de estudio y trabajo. Nuestro compromiso responde a las serias consecuencias que representa el uso de tales sustancias. Éstas afectan directamente la seguridad, la calidad de los servicios, la productividad y la salud física y emocional de sus estudiantes y empleados.

Las unidades del Sistema UPR admiten un número limitado de estudiantes bajo el criterio de habilidades y talentos especiales. Estos estudiantes se admiten a programas relacionados con dichas destrezas. Los ofrecimientos para el desarrollo de habilidades y talentos especiales varían dependiendo de la unidad seleccionada. Para ser considerado el estudiante debe marcarlo en la solicitud de admisión (Solicitud de Admisión a la UPR – encasillado 16 – destrezas). Un estudiante que no marcó este encasillado y su solicitud es denegada, no puede solicitar reconsideración por habilidades y talentos. Una vez admitida, la persona tiene que proseguir estudios en el programa al cual se le admitió, relacionado con sus habilidades y talentos. La unidad indicada, como primera alternativa, citará a entrevistas al estudiante y le requerirá evidencia escrita certificando la excelencia en la ejecución de su destreza o talento particular. Se considerarán solamente aquellas destrezas para las que existen programas que permiten desarrollar las particulares habilidades y talentos de la persona, tomando en cuenta las necesidades y el cupo de la unidad seleccionada.


El reclutamiento es un elemento crucial para el éxito de un programa atlético. El Departamento Atlético busca alcanzar excelencia deportiva siguiendo las guías de reclutamiento establecidas por la NCAA y logrando cumplimiento total de estas reglas. Parte de las reglas incluyen que los entrenadores que se desempeñen en el proceso de reclutar deben tomar y pasar el Examen de Certificación preparado y corregido por la NCAA. Además, el Oficial de Cumplimiento del programa orienta y se asegura del cumplimiento de las reglas de reclutamiento. Estas reglas son complejas y extensas pero especifican que sólo el entrenador certifiado o un miembro del departamento atlético puede hacer contacto con un estudiante/atleta que sea prospecto. Ningún exalumno, fanático o contribuyente del programa puede reclutar u ofrecerle incentivos a prospectos. Ningún prospecto puede recibir dinero ni bienes materiales por participar en un equipo intercolegial.