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Ley contra el Acecho
Acecho
"El acecho constituye una forma de actividad criminal compuesta de una serie de actos que al ser examinados individualmente pueden parecer un comportamiento legal: enviar flores, escribir cartas de amor y esperar por una persona fuera de su lugar de trabajo o de su casa: actos que de por sí no constituyen conducta criminal. Sin embargo, estos actos unidos a intentos de atemorizar, intimidar o hacer daño a una persona, o a miembros de su familia o a su propiedad, pueden constituir un patrón de conducta ilegal.
El acecho, contra una persona puede ocurrir en una amplia variedad de situaciones o en diversos tipos de relaciones, no necesariamente de naturaleza íntima. Este puede ser perpetrado por un mero conocido de la víctima, un antiguo compañero de trabajo o por un desconocido. Las motivaciones del ofensor pueden incluir atracción intensa u odio extremo, deseos de contacto y control, obsesión, celos y coraje, entre otras."
En esta sección podrás encontrar la Ley Contra el Acecho en Puerto Rico.
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Ley 284:Ley Contra el Acecho en Puerto Rico
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