Requerimientos de Vacunas

Conforme a la Ley Núm. 25 de septiembre de 1983, todo estudiante que se matricule en cualquier institución universitaria menor de 21 años se le requerirá evidencias de sus vacunas de la niñez (5 Dtap / 4 Polio / 2 MMR / 3 Hib / 3 Hep. B / 2 Varicelas).

En adición y basado en los requerimientos mínimos establecidos por la ley a estudiantes universitarios, el Recinto Universitario de Mayagüez establece que todo estudiante matriculado menor de 21 años, no importa su nacionalidad, deberá someter evidencia de las siguientes vacunas:

  • Un (1) refuerzo de la vacuna contra el Tétano, Difteria y Pertusis Acelular (Tdap) y/o un refuerzo de la vacuna contra el Tétano y Difteria (Td) según sea el caso:
    • De haber recibido una Td a los 11 años de edad requerirá una Tdap en 5 años, si al momento de admisión no ha cumplido los 19 años de edad.
    • Si tiene una Td y es mayor de 19 años, será valida si no ha pasado 10 años.
  • Dos (2) dosis de la vacuna contra el Sarampión común, Sarampión alemán y Paperas (MMR).
  • Tres (3) dosis de la vacuna contra la Hepatitis B.
  • Tres (3) dosis de la vacuna contra el Polio (OPV/IPV), si la última fue administrada en o después de los cuatro (4) años de edad.
  • Una (1) dosis al menos de la vacuna contra la Meningitis (MCV).

*Se le recomienda tres (3) dosis de vacunas contra el Virus del Papiloma Humano (HPV).

Todo estudiante mayor de 21 años, deberá presentar evidencia de sus vacunas de la niñez y un (1) refuerzo de Tétanos y Difteria (Td) de no mas de 10 años de administrada.

Nota Importante: todas las vacunas deberán estar registradas y certificadas en el Formulario P-VAC-3 (papel verde original).

La Ley 25 establece que sólo se exonerará de vacunarse a personas que por su condición de salud o por sus creencias religiosas no puedan vacunarse. Deberá certificarse por un médico o un abogado en el Formulario establecido por el Departamento de Salud disponible en el siguiente enlace: Exención a Vacunar.