1. Estudiantes interesados en completar un Segundo Bachillerato en Artes en Economía debe solicitar una entrevista con el Director del Departamento de Economía en la oficina SH-302 ubicada en el tercer piso del edificio Efraín Sánchez Hidalgo. También tiene la opción de llamar al teléfono (787) 832-4040 X-2314 o escribir un mensaje a econ@uprm.edu.
2. De acuerdo con la Certificación Núm. 44 (2019-2020) de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico, el estudiante deberá declarar su intención de obtener un Segundo Bachillerato lo más pronto posible en su programa de estudios de manera que complete la opción a la par con los requisitos del Bachillerato en el que está oficialmente clasificado, y dentro del 150 por ciento del tiempo prescrito para completar el Bachillerato.
3. Es importante que el estudiante interesado provea al Director del Departamento de Economía una copia de la evaluación curricular de su bachillerato de origen. Del resultado de la entrevista el estudiante procederá a completar la Solicitud de Segundo Bachillerato.
4. El estudiante debe de completar la Solicitud de Segundo Bachillerato provista por la Oficina de Registraduría en el siguiente enlace: https://www.uprm.edu/registraduria/solicitudes/ . El pago correspondiente de la solicitud lo puede tramitar en línea en el mismo enlace. La solicitud y la evidencia del pago debe enviarla al siguiente correo electrónico: readmisiones@uprm.edu
5. Los requisitos para ser aceptado al Segundo Bachillerato en Artes en Economía se mencionan a continuación:
-
-
- Tener un índice académico general de 2.50 o más.
- Tener aprobados ECON 3021 y ECON 3022 con “C”o mas.
- Tener más de 24 créditos aprobados.Entrevista favorable con el Director.
- Proveer en la entrevista-orientación con el Director copia de la evaluación curricular del programa de origen del solicitante.
-
6. Para mantener la identidad de cada programa académico, los cursos que el estudiante utilice como electivas profesionales o electivas recomendadas en el primer bachillerato no serán compartidos en el segundo bachillerato.
7. Dentro del límite establecido para cada caso, será susceptible el “doble conteo” de aquellos cursos de la concentración de educación general o básicos requeridos por el currículo conducente al bachillerato en el que esté clasificado el estudiante, que sean también requeridos para el Segundo Bachillerato.
8. El estudiante deberá radicar la solicitud de graduación para cada bachillerato siguiendo el procedimiento establecido por la Oficina de Registraduría.
9. El estudiante será considerado para graduación cuando cumpla con todos los requisitos de ambos bachilleratos y cuente con la recomendación favorable de las facultades concernidas. En ese caso el estudiante recibirá dos diplomas, uno por cada grado.
Si el estudiante no completa los requisitos del segundo bachillerato a la par con los requisitos del primer bachillerato, el estudiante solo podrá reclamar el diploma y la certificación del primer bachillerato, en la colación de grados correspondiente. De ocurrí este escenario, el estudiante tiene la opción de solicitar readmisión al Recinto para completar el Segundo Bachillerato.